Cinco años de retraso, pero, finalmente, el Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) ha salido a la luz. El consejo de ministros del pasado día 15 de febrero decidió aprobar una normativa que el sector venía esperando desde 2013, cuando en la Ley de Ordenación de Transportes Terrestres establecía un plazo máximo de dos años para aprobar un nuevo marco regulatorio para sector del transporte. Finalmente este miércoles el ROTT se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), mediante el Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero.

Este reglamento supone un paso hacia la profesionalización del sector de transporte, “ya que por una parte refuerza el requisito de la capacitación, la formación, etc. y por otra parte, pone mucho empeño en el requisito de la honorabilidad, es decir, que los que estén en el sector hagan las cosas como marca la normativa y por tanto que no se vulnere de manera impune. A partir de este reglamento el sector debería ser más profesional y más serio

Hacía tiempo que esperábamos esta regulación, ya que había cuestiones que tenían que reordenarse como el acceso al sector, la lucha contra el fraude que se ha instalado de manera increíble en el sector, etc”.

Una pregunta. ¿ se puede colar en esta profesión de transportista cualquier persona de cualquier condición? Se ha dejado el requisito de la antigüedad (esto es cinco meses en transporte de mercancías y dos años en transporte de viajeros), condición que nos parece fundamental para que no se desordene del todo el sector del transporte”.

¿Cómo afecta el ROTT a los transportistas autónomos?

Todavía es muy pronto para saber cómo va a afectar esta nueva regulación a los transportistas autónomos. No obstante, los puntos que consideramos importantes y que pueden afectar a los transportistas autónomos:

  • Que se mantenga el requisito de antigüedad.
  • Que la propia normativa aborde “el enorme problema” de la competencia desleal.
  • Se elevan los requisitos honorabilidad necesarios para poder obtener la tarjeta de transporte. “Ahora hay 27 supuestos de pérdidas directas de honorabilidad por faltas muy graves. Esto es muy novedoso y nos da mucho miedo, pero hay que ver cómo va a funcionar el régimen sancionador.
  • Habrá nuevos requisitos tantos para acceder al sector, cómo para mantenerse en él.

Novedades del ROTT

Por su parte, la Federación Nacional de Asociaciones de Transportes de España también ha destacado en un comunicado las cuatro novedades, que en su opinión, que va a tener el ROTT para los transportistas:  

  1. Cambios para acceder a la profesión: Ahora para ejercer la actividad se necesitará un título de transportista u operador de transporte. Ésta podrá ser al menos el título de bachiller o equivalente, o bien el título de FP de grado medio.
  2. Vinculación entre transportista y empresa: la vinculación entre título de competencia profesional y la empresa titular de la actividad empresarial será real y efectiva, “exigiendo una vinculación laboral a jornada completa y además el desarrollo de actividades de supervisión en todas las áreas de la empresa, pasando a denominarse gestor de transporte (anteriormente denominado capacitado).
  3. Se regula el criterio de honorabilidad: ahora por una infracción muy grave o tres infracciones grave, dependiendo de los supuestos o de la flota, se puede perder la autorización de transportistas durante un año.
  4. La eliminación del actual requisito de flota minima para acceder al sector (3 camiones en transporte de mercancías y 5 autobuses en transporte de viajeros), permitiendo que se pueda acceder con un solo vehículo de transporte. Se mantiene el actual requisito de antigüedad máxima, esto es, 5 meses en transporte de mercancías y 2 años en transporte de viajeros.

https://www.boe.es/eli/es/rd/2019/02/15/70